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viernes, 10 de febrero de 2012

El 20% de ahorro en la instalacion de su vivienda o comunidad

         En la disposicion final primera del Real Decreto-ley 5/2011, de 29 de Abril, de Medidas para la regularizacion y control del empleo sumergido y fomento de la rehabilitacion de viviendas. se establece que todo contribuyente cuya base imponible sea inferior a 71.007,20 euros anuales, podra deducirse el 20 por ciento en el IRPF de todas las cantidades satisfechas hasta el 31 de diciembre de 2012 por obras de rehabilitacion y mejoras en la vivienda señalando expresamente la instalacion de infraestructuras de telecomunicacion que permitan el acceso a internet y a servicios de television digital en la vivienda del contribuyente


Un aspecto a tener en cuenta es que el Real Decreto, precisa que el contribuyentetendra derecho a efectuar la deduccion si ha realizado el pago por las mencionadas obras a traves de tarjeta de credito o debito,, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuenta en entidades de credito. Por el contrario, la deduccion no sera posible si  el pago se ha efectuado al contado"mediante entregas de dinero de curso legal"

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